REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, tres de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-F-2004-000004
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.-
COMPETENCIA: CIVIL (PERSONAS).-
MOTIVO: PARTICION DE COMUNIDAD CONCUBINARIA.-
DEMANDANTE: MERCEDES MARIA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.192.736 y domiciliada en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui.-
ABOGADOS ASISTENTES: DAMARYS VALLADARES AZOCAR y ELISA GONZALEZ, inscritas en Inpreabogado bajo los Nros: 39.959 y 55.477 respectivamente y domiciliada en Anaco, Estado Anzoátegui.-
DOMICILIO PROCESAL: No consta en autos.-
DEMANDADO: HERMY AGUSTIN BERMUDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.493.309 y domiciliado en la Calle 23 de Enero No.07, Anaco Municipio Anaco del Estado Anzoátegui.-
DOMICILIO PROCESAL: No consta en autos.-
Se inicia la presente acción de PARTICION DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA por demanda interpuesta por la ciudadana MERCEDES MARIA FLORES, contra el ciudadano HERMY AGUSTIN BERMUDEZ, suficientemente identificado en autos, manifestando que en fecha 28 DE Noviembre de 2000 inició una relación concubinaria estable con el ciudadano HERMY AGUSTIN BERMUDEZ en forma pública y notoria, hasta el mes de abril de 2004, es decir, una relación que se mantuvo durante tres años y medio, según consta de justificativo de relación concubinaria presentada ante el Registro Civil del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, y que anexa marcada “A”,,, que todo era paz y armonía hasta comienzo del año dos mil cuatro cuando comenzaron a tener conflictos, agresiones verbales ofensivas que se hacían insostenibles, hasta el punto que en el mes de abril se fue de la casa,, que si bien es cierto que el ciudadano HERMY AGUSTÍN BERMÚDEZ ha colaborado con su cuota de esfuerzo y trabajo para su alimentación, no es menos cierto que esa colaboración no ha sido en forma reiterada, que los bienes adquiridos figuran a nombre del ciudadano HERMY AGUSTÍN BERMÚDEZ, siendo que en realidad pertenecen a ambos y pertenecen a la comunidad concubinaria que existió entre ellos, y es por ello que demanda la partición de los bienes adquiridos en la relación concubinaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil.-
Por auto de fecha 29 de Noviembre de 2004 se admitió la demanda ordenándose la citación del demandado de autos, comisionándose a tal efecto al Juzgado del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui.-
Cursa al folio 10 diligencia suscrita por el demandado, ciudadano HERMY AGUSTIN BERMUDEZ mediante la cual se da por notificado de la demanda en su contra, y asimismo consta en autos escrito de fecha 26 de abril de 2005 mediante el cual el demandado dio contestación a la demanda.-
Ahora bien, el Tribunal observa:
Desde fecha 26 de abril del 2005, las partes no le han dado impulso a la continuación de la causa, dejando transcurrir en exceso el lapso de UN (1) AÑO que nos prevé el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual venció el día 26 de abril de 2006, considerando en consecuencia esta juzgadora que en la presente causa ha operado la Perención de la Instancia en virtud de la inactividad de la partes para la continuación del presente asunto, y así se decide.-
Por las consideraciones que anteceden y razonamientos expuestos este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA por haber operado la perención en el presente asunto, conforme a lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y así se decide.-
De conformidad con lo previsto en el artículo 285 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre, a los tres días del mes de agosto de dos mil seis.- Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. DILENIS JOSEFINA CORREA.
En la misma fecha, siendo la una y veinte minutos (01:20 p.m.) se dictó, publicó y agregó la anterior sentencia al ASUNTO N° BP12-F-2004-000004.- Conste.-
LA SECRETARIA,
Abog. DILENIS JOSEFINA CORREA
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