REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, siete de agosto de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-002459
Vista la solicitud presentada por la ciudadana YEGLIS FIGUEROA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.479.726 domiciliada en Calle Caracas Nº 12-74, San José de Guanipa Municipio Guanipa Estado Anzoátegui, debidamente asistido por el abogado WILFREDO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el nro.44.886, donde solicita se le conceda Título Supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias, con dinero de sus propios peculio, ubicada en la dirección arriba mencionada cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: con TERRENO MUNICIPAL, midiendo (15 Mts); SUR, con CALLE CARACAS, que es su frente, midiendo (15 Mts); ESTE: con casa de de FRANCISCO UGAS, midiendo (30 Mts) y OESTE: con casa de EYRA URBINA PEREZ, midiendo (30 Mts), con una superficie de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados (450mts2); Dicha construcción constan de una CASA de paredes de bloques de cemento, piso de cemento, techo se asbesto, constante de: Cuatro (4) Habitantes con un (1) Closet en la habitación principal, dos (2) Baños, Sala-comedor, una (1) Cocina, un (1) Corredor, un (1) Porche y un (1) Garaje.- El valor invertido es la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES(Bs.50.000.000,°°) y teniéndose presentes las declaraciones de las testigos, ciudadanos DARIANA TINEO Y MARISOL MARCANO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana YEGLIS FIGUEROA PEREZ, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA Acc.,

Abog. DILENIS CORREA
Constante de diez (10) folios útiles se devuelve original con sus resultas a los solicitantes.-Conste.-
LA SECRETARIA Acc.,

Abog. DILENIS CORREA