REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, ocho de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-002754
Vista la solicitud presentada por el ciudadano VICTOR PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 4.365.890 y domiciliado en Caracas, Distrito capital aquí de tránsito, en su carácter de Gerente General de la Sociedad Mercantil F.H. TRANSMISIONES S.A., identificada con el R.I. número N. J.- 00334959-3, con domicilio en la ciudad de Caracas, e inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, asistidos por el abogado BENITO OLIVIERI URSINI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.068, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, en una parcela de terreno ubicada en la calle Los Andes, sin número Sector Mirador I, de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui Alinderadas de la siguiente manera NORTE: Parcela de Guillermo García.- SUR: Patio de F.H Transmisiones parcela de Descree Sumerulli-: ESTE: Calle Los Andes su frente- y OESTE: Casa de Lesmi Maita.-. Dichas bienhechurias consisten en una edificación destinada para actividades industriales, En la entrada principal un portón de hierro, un galpón cerrado, con portón cerrado y puerta cerrada, construido de paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, resguardado con paredones de bloques de cemento, con las siguientes divisiones, dos (2) baños, un (1) deposito de materiales, con dos puertas de hierro y techo de platabanda, todo el galpón se encuentra con alumbrado eléctrico..- El valor invertido en ella es la cantidad de SESENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 60.000.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos MINOVIS HERNANDEZ Y YOVANNY ALERIO éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la empresa F.H. TRANSMISIONES S.A., ya identificado, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones al interesado.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abog. DILENIS JOSEFINA CORREA