REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, uno de agosto de dos mil seis
196º y 147º
Por recibida la presente demanda de DESALOJO y sus recaudos anexos, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos No Penal, Extensión El Tigre, por los ciudadanos MOISES PAIA CAIDEAL y DORIS SUAREZ D´ DE PAIVA, titulares de la cedula de identidad Nros: 3.563.787 y 3.979.148, a través de sus Apoderados Judiciales Abogados BAUDILIO JOSE MEZA MEZA y LEONARDO ENRIQUE CUMBERBATCH M, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 84.992 y 84.267, contra la ciudadana: KARLA MARIA FIGUEROA ALAYON, proveniente del Juzgado de Municipio Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el Tribunal Acepta la Competencia.- En consecuencia, de la exhaustiva revisión de la presente demanda y los recaudos acompañados, se evidencia que la parte actora alega la existencia de un contrato privado, el cual no consta de autos, motivo por el cual esta Juzgado NIEGA la demanda, por ser este requisito indispensable para la Admisión de la misma.-
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley.-
LA JUEZ TEMPORAL.,
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ.-
LA SECRETARIA.,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ.-
AMDELCP
ASUNTO: BP12-V-2006-000377
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