REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, nueve de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP12-S-2006-001103
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos: PEDRO MARIA LIRA RONDON, MARIA MODESTA ZAMBRANO DE LIRA y GERMANO HERNAN DE BARROS MENDEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s 1.309.890, 3.730.702 y 12.017.849, respectivamente, mediante la cual solicitan se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta: GRISELAINE MARGARITA LIRA ZAMBRANO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.017.849, y quien falleció ab intestato, el 15 de enero de 2006, en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, vistos los recaudos acompañados, asimismo, vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos: ENICK EVELYN BLANCA ZAMBRANO y MANUEL ORLANDO VELASQUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números 12.677.272 y 5.007.858, respectivamente, el Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara a los ciudadanos: PEDRO MARIA LIRA RONDON, MARIA MODESTA ZAMBRANO DE LIRA y GERMANO HERNAN DE BARROS MENDEZ como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la extinta: GRISELAINE MARGARITA LIRA ZAMBRANO, y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
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