REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
SOLICITANTE: YEGLIS FIGUEROA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.479.726, domiciliada en la Calle Caracas Nº 12-74 de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui. Asistida por el Abogado WILFREDO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.863.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
Se inició el presente procedimiento en virtud de la Solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentado por la ciudadana YEGLIS FIGUEROA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.479.726, domiciliada en la Calle Caracas Nº 12-74 de San José de Guanipa, Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui. Asistida por el Abogado WILFREDO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.863. En fecha 10 de Julio del año 2006, se acordó darle entrada y anotarla en los Libros de Causas llevadas por este Tribunal. Mediante escrito de fecha 10 de julio de 2.006, la ciudadana YEGLIS FIGUEROA PEREZ, asistida por el Abogado WILFREDO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.863, desistió de la solicitud.
Constatadas de las actuaciones cursante en autos, que la parte que formula el DESISTIMIENTO, tiene legitimación procesal y no existiendo prohibición legal sobre esta materia, ello es suficiente para darle su aprobación este Tribunal.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Transito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en la ciudad de El Tigre a los nueve (09) día del mes de Agosto del año dos mil seis. Años: 196º de la Independencia Y 147º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las tres y nueve minutos de la tarde y se agregó al expediente Nº: BP12-S-2006-002329 .
LA SECRETARIA,
LAURA PARDO DE VELASQUEZ
AMDELCOP
ASUNTO : BP12-S-2006-002329
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