REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de agosto de dos mil seis
196º y 147º
SENTENCIA
Expediente: BP02-L-2006-000645
PARTE DEMANDANTE: El ciudadano RAMON MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad nº V-10.286.036 y de este domicilio, quien no tiene apoderado constituido.
PARTE DEMANDADA: La empresa C.L. TAGUAPIRE C.A., quien no tiene apoderado acreditado en esta causa.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.
En el día de hoy, dos (02) de Agosto de dos mil seis (2006), siendo las once de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar, el Alguacil anunció el acto en la forma de ley y se deja constancia que no compareció el demandante ni por si ni por medio de apoderado, por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE ESTA DECISION.
El Juez,
Abog. Nohel J. Alzolay
La Secretaria,
Abog. Maribi Yanez Nuñez