REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, ocho de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-L-2004-000509
SENTENCIA
Visto el acuerdo a que han llegado las partes en fase de ejecución, en acta que cursa al folio 27 del expediente, suscrito por el abogado GERSON MENESES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el nº 100.804, en su carácter de apoderado de la demandante ROSALBA COROMOTO HURTADO y la abogada MARY GABRIELA RAGA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el nº 80.998, en su carácter de apoderada de la codemandada CENTRO MEDICO ZAMBRANO C.A., este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho acuerdo, otorgándole el carácter de Cosa Juzgada. Así expresamente se establece. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada en Barcelona a los ocho (08) días del mes de Agosto de dos mil seis (2006).
El Juez,
Abog. Nohel Alzolay
La Secretaria,
Abog. Maribi Yanez Nuñez
En la misma fecha siendo las diez y diez minutos de la mañana, se dictó y publicó la anterior decisión.
La Secretaria,
Abg. Maribi Yanez Nuñez