REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de agosto de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-004127
DEMANDANTE: JESÚS RAFAEL LIENDO POLANCO
DEMANDADO: ESTABLECIMIENTO DE TRABAJO PLANTA ORIENTE (CERVECERÍA POLAR, C.A.)
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Vista la diligencia presentada en fecha veintiocho (28) de julio de dos mil seis (2006), suscrita por el ciudadano JESUS RAFAEL LIENDO POLANCO, titular de la cédula de identidad Nro.5.487.079, asistido por la Abogado NINOSKA GÓMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 46.230, donde DESISTE del procedimiento de Reenganche y pago de salarios dejados de Percibir, por estar amparado por inamovilidad especial para reservarse el derecho de acudir a la vía administrativa (Inspectoría del Trabajo), este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido DESISTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, al primer (01) día de mes de Agosto de dos mil seis (2006), y así se decide.
La Juez


Abg. YISSEIN LÓPEZ,
La secretaria,

Abg. Maribí Yanez