REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, primero de agosto de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-S-2006-003494
PARTE ACTORA: WILMER ADÁN RODRIGUEZ MIQUILENA, titular de la cédula de identidad No. 5.584.926.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTÓ.
EMPRESA DEMANDADA: COMERCIALIZADORA LIMPIATODO, C.A.
APODERADO DE LA DEMANDADA: JESÚS DANIEL MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 81.001.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

Hoy, primero (01) de agosto de 2006, siendo las diez (10:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO, comparece por la demandada COMERCIALIZADORA LIMPIATODO, C.A., el abogado JESÚS DANIEL MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 81.001; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
El Juez
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria

Abg. Isolina Vásquez
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:14 a.m. Conste.
La Secretaria

Abg. Isolina Vásquez