REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez (10) de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-l-2005-001083
PARTE ACTORA: MAIRA ALEJANDRRA DUARTE, titular de la cédula de identidad No. 13.611.846..- NO SE PRESENTO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTÓ.
EMPRESA DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL PROYCCA, S.A.
APODERADO DE LA DEMANDADA: RICARDO CASTILLO SERRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 88.068.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, diez (10) de agosto de 2006, siendo las tres (3:00 p.m.) de la tarde, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de Audiencia Preliminar, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, comparece por la demandada SOCIEDAD MERCANTIL PROYCCA, S.A., el abogado RICARDO CASTILLO SERRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 88.068; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO . PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
El Juez

Abg. Leonardo Blanco Peréz
La Secretaria

Abg. Isolina Vásquez
Por la parte demandada

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:14 a.m. Conste.
La Secretaria

Abg. Isolina Vásquez