REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2005-001842

Vista la diligencia inserta al folio N° 41 del presente Expediente, suscrita por la ciudadana SONIA ZAMBRANO RONDON, titular de la cédula de identidad N° V-8.209.362, asistida por la Defensora Pública de Protección N° 18, de esta Circunscripción Judicial, Abogada JOSEFINA GONZALEZ M., y el contenido de la misma, y vista igualmente la OPINION FAVORABLE de la Abg. MARY LOURDES FERRER, en su condición de Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la cual se encuentra inserta al folio N° 49, en consecuencia este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, Hágasele entrega a la ciudadana SONIA ZAMBRANO RONDON, en su carácter de madre y representante legal de la niña XXXXXXXXXXX, la suma de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 300.000,oo), de la Cuenta de Ahorros N° 0007-0088-61-0010001780, llevada por éste Tribunal en el Banco BANFOANDES, agencia Barcelona, a nombre de la antes citada niña, por concepto de BONIFICACION ESPECIAL PARA SUFRAGAR GASTOS INSCRIPCION Y UTILES ESCOLARES, en beneficio de la ya citada niña. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA N° 01.


Abg. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.
LA SECRETARIA ACC,


Abg. ZULLYS MOY SIFONTES.
En la misma fecha del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.
LA SECRETARIA ACC,


Abg. ZULLYS MOY SIFONTES.