REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, catorce de agosto de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-004494
Por recibida la anterior solicitud de HOMOLOGACION DE PARTICION HEREDITARIA AMISTOSA propuesta por los ciudadanos: ANTONIETTA DEL VALLE SALAZAR CABEZA (VIUDA DE CHAGUAN), LUDMILLA JESAUGU CHAGUAN SALAZAR, VICENTE ANTONIO CHAGUAN SALAZAR, venezolanos, mayores de edad las dos primeras y adolescente el ultimo, de trece (13) años de edad titulares de las cédulas de identidad Nº V- 4.496.492, V- 12.577.312 y V- 22.575.048 herederos legítimos del ciudadano: VICENTE ISAIAS CHAGUNA BENEDETTI, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad V- 2.802.472 debidamente asistidos por la abogada en ejercicio Abg.: OSWALDO A CELTA TORRES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 41.533. Junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de cuatro (04) folios útiles y treinta y nueve (39) anexo.- Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente.- Anótese en los libros respectivos.- En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, antes de proveer sobre la respectiva homologación del presente convenio, y por cuanto lo considera necesario, ordena, 1) Notificar a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, a los fines de que emita su opinión al respecto, y una vez que conste en autos se procederá a proveer la misma .2.) Se ordena oír la opinión de la adolescente ANTONIO CHAGUAN SALAZAR, de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.- Cúmplase.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N°. 02.-

DRA. ANA JACINTA DURAN

LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR


En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR







AJD/carmen