REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
El Tigre, siete (07) de Agosto de dos mil seis (2006)
195º y 147º
ASUNTO: BP12-S-2006-000962
PARTE ACTORA: CARLOS HUMBERTO OSORIO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la población de Danta María de pire, Estado Anzoátegui y titular de la Cédula de Identidad Nº 16.178.798.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: No Constituyó.
PARTE DEMANDADA: TALLER LOS PINOS, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: YARISMA LOZADA, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrita en el IPSA bajo el Nro. 29.610.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
INSTALACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día de Hoy, fecha y hora para que tenga lugar la Instalación en el presente Asunto de la Audiencia Preliminar, Se anunció dicho Acto, y a tales efectos compareció a esta Sala, la ciudadana YARISMA LOZADA,, Abogado en ejercicio, inscrita en el IPSA en su condición de Apoderada Judicial de la Empresa TALLER LOS PINOS, C.A., tal como se evidencia de instrumento poder que a tal efecto en este acto consigna, en su carácter de Parte Demandada. Dejándose constancia que la parte Actora en el presente Juicio, no compareció ante la sede de este Tribunal, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Medición y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela Declara Desistido el Procedimiento y Terminado el Proceso, de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia en el Compilador respectivo.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala del Despacho del tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, a los siete (07) de Agosto del dos mil seis (2006), Años 195º de la Independencia y 147º de la Federación.
La Juez Temporal,
Por la Empresa Demandada,
La Secretaria,
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