REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de diciembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO : BP02-V-2005-001400

Se contrae la presente causa al juicio de NULIDAD DE CONTRATO intentado por la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA CONSUMECI, C.A., persona jurídica, constituida e inscrita en fecha 20 de Septiembre de 2000, por ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 04, Tomo 124-A-VII, de los libros llevados por ante esa oficina de Registro, a través de apoderado judicial abogado JUAN JOSÉ REINA GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.501, en contra de la ciudadana LISETH BURGOS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.319.137; la cual fue admitida en fecha 10 de Noviembre de 2006, ordenándose librar compulsa a la parte demanda con las inserciones pertinentes y se solicitaron copias fotostáticas para proveer.-
En fecha 17 de Noviembre de 2006, se recibió escrito presentado por el abogado JUAN JOSÉ REINA GOMEZ, con su carácter de autos, ratificando medidas cautelares solicitadas en el libelo de demanda.-
En fecha 30 de Noviembre de 2005, se libró compulsa a la parte demandada ciudadana LISETH BURGOS SANCHEZ, anteriormente identificada.-
En fecha 15 de Diciembre de 2006, compareció el abogado JUAN JOSÉ REINA GOMEZ, solicitando se pronuncie este Tribunal con respecto a la medida preventiva de secuestro solicitada en el libelo de demanda.-
En fecha 10 de Enero de 2006, se aperturó cuaderno de medidas y se solicitó a la parte actora consignara fianza a satisfacción del Tribunal.-
En fecha 31 de Julio de 2006, compareció la abogada CAROLINA ROJAS TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.651, consignando copia simple del poder que le otorgo la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA CONSUMECI, C.A., para su confrontación con el original que exhibido fuera certificado por la secretaria de este Tribunal.-
En fecha 07 de Agosto de 2006, compareció la abogada CAROLINA ROJAS TORRES, con su carácter de autos, solicitando se provea lo conducente con respecto a la citación de la demandada LISETH BURGOS SANCHEZ.-
En fecha 18 de Octubre de 2006, compareció la abogada CAROLINA ROJAS TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.651, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del presente procedimiento, en consecuencia, el Tribunal HOMOLOGA el referido desistimiento, en los mismos términos y condiciones por ella suscrito y conforme a la Ley, asimismo se declara terminado el presente proceso y se ordena su remisión al Archivo Judicial del Estado Anzoátegui.-
LA JUEZ PROVISORIO,


DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIA,

ABG. MIRLA MATA ROJAS.












ITDM/bv