REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, uno de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2006-005386
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: CARMEN AURORA CAMACHO DE QUIÑONES, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 3.798.293, asistida por el abogado en ejercicio ASDRUBAL R. GOITA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.189, y visto el justificativo evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: ANA ROSA MARQUEZ RODRIGUEZ y GARDENIA JOSEFINA GUARACHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 3.956.903 y 5.489.528, respectivamente, quienes manifestaron que conocen de vista trato y comunicación a la ciudadana Carmen Aurora Camacho de Quiñones y a su hija Erika Mercedes Quiñones Camacho; igualmente conocieron a su esposo quien en vida se llamara LEXIS RAFAEL QUIÑONES, y que el de cujus estuvo casado con la ciudadana Carmen Aurora Camacho de Quiñones y murió en Anaco, Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de agosto de 2004, a consecuencia de una edema y congestión pulmonar, infarto reciente, arterosclerosis coronaria Severa; igualmente tiene una sola hija y no procreo mas hijos; igualmente les consta que el de cujus Lexis Rafael Quiñones dejo bienes de fortuna y acreencia y que la ciudadana Carmen Aurora Camacho de Quiñones y su hija Erika Mercedes Quiñones Camacho son las únicas y universales herederas del de cujus Lexis Rafael Quiñones, y el Tribunal vista la documentación acompañada a la solicitud y las declaraciones de los testigos antes nombrados e identificados considera suficientemente tales pruebas y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA a la ciudadana, CARMEN AURORA CAMACHO DE QUIÑONES, y a su hija ERIKA MERCEDES QUIÑONES CAMACHO, COMO LOS UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su causante LEXIS RAFAEL QUIÑONES, dejando a salvo los derechos de terceros.
La Juez Suplente Especial,
Abg. Helen Palacio García
La Secretaria Acc.,
Abg. Marieugelys García Capella
Peche