REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de diciembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-002948

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MINERVA JOSEFINA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.560.843, domiciliada en la Calle Gran Poder de Dios casa Nº 12, sector Urbanística 2000, El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la en la dirección arriba mencionada, con una superficie que mide (250mts2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terreno baldío; SUR: Con terreno baldío.- ESTE: Con calle gran poder de Dios que es su frente y OESTE: Con Calle Bolivariana.- Dichas bienhechurias consta de paredes de bloques de cemento y techo de zinc, una habitación, un baño.- El valor invertido es la cantidad de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, OWARD PEREIRA y MARLIN MATA VASQUEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana MINERVA JOSEFINA RODRIGUEZ SALAZAR, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de seis (6) folios útiles.- Conste.-
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA