REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de diciembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP12-S-2006-003279

Vista la solicitud presentada por la ciudadana ZORAIDA DEL CARMEN ORTIZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.910.496, domiciliada en la 3ra Carrera Norte s/n entre calle ocho y nueve del sector Pueblo Nuevo Norte de El Tigre Estado Anzoátegui, debidamente asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en la en la dirección arriba mencionada, con una superficie que mide (140,80mts); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con tercera carrera norte, midiendo (5.15mts); SUR: Casa que es o fue de la familia Tiapa, midiendo 5.15 mts).- ESTE: Casa que es o fue del ciudadano José Velásquez, midiendo ( 27,34mts) y OESTE: Casa que es o fue de la ciudadana Felicia Rojas, midiendo (27,34 mts).- Dichas bienhechurias consta de paredes de bloques de cemento, una habitación, un baño, una sala-comedor,.- El valor invertido es la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,oo), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos, OWARD PEREIRA y MARLIN MATA VASQUEZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana ZORAIDA DEL CARMEN ORTIZ, ya identificada, en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto.- Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,


Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA

Se devuelve original con sus resultas a la parte interesada constante de siete (7) folios útiles.- Conste.-
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA