REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco (5) de Diciembre de dos mil seis
196º y 147º

N° DE EXPEDIENTE: BP02-L-2006-000367
PARTE ACTORA: ALEXANDER VALLENILLA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YOHANNA YANEZ
PARTE DEMANDADA: DISTAMAR 2 COMPAÑIA ANONIMA y COMPAÑIA ANONIMA TABACALERA NACIONAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO GARRONI
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, cinco (5) de Diciembre de 2006, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el juicio seguido por el ciudadano ALEXANDER VALLENILLA, en contra de las empresas DISTAMAR 2, C.A. y C.A. TABACALERA NACIONAL, por Cobro de Prestaciones Sociales, se deja expresa constancia que el demandante ALEXANDER VALLENILLA, titular de la cédula de identidad Nro.13.936.975, no hizo acto de presencia al acto de instalación de la audiencia preliminar en el día de hoy, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, solo hizo acto de presencia la empresa C.A. TABACALERA NACIONAL, representada por su apoderado judicial ciudadano PEDRO GARRONI, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.106.350, tal como se evidencia de copia certificada de Poder que riela a los folios veintitrés (23) y veinticuatro (24) del presente expediente, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Y así se decide. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISISÓN. Años 196° y 147°. Siendo publicado en el día de hoy cinco (5) de Diciembre de 2006, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Anzoátegui.
La Juez,

Abg.YISSEIN LÓPEZ
La Secretaria,
Abg. Maribí Yanez
Los presentes