REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-005849
PARTE ACTORA: ENRRIQUE AGUEY. No compareció
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Desconocido
PARTE DEMANDADA: SEGEMA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Desconocido.
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy trece de Diciembre de dos mil seis, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, interpusiere el ciudadano ENRRIQUE AGUEY titular de la cédula de identidad N° 11.903.009 en contra de la empresa SEGEMA; se deja expresa constancia de la incomparecencia de las partes a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, aún cuando el ciudadano alguacil procedió a realizar el llamado de Ley, a las partes involucradas en la presente causa, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez Temporal
Abg. Noemi Mogna.
La Secretaria,
Abg. Lourdes C. Romero.
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