REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, 13 de Diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2006-005869
PARTE ACTORA: JEAN CARLOS CEDEÑO HURTADO, venezolano, titular de la cédula de identidad número 14.632.349.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTÓ.
EMPRESA DEMANDADA: SEGEMA, C. A.
APODERADO DE LA DEMANDADA: MANSSUR ADONIS GONZALEZ CORREDOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 81.000
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO..
Hoy, trece (13) de Diciembre de 2006, siendo las nueve (9:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, por CALIFICACION DE DESPIDO., comparece por la demandada SEGEMA, C. A.., el abogado MANSSUR ADONIS GONZALEZ CORREDOR, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 81.000; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar,. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196°.
El Juez
Abg. LEONARDO BLANCO PEREZ
La Secretaria
Abg. ISOLINA VASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 9:30 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. ISOLINA VASQUEZ
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