REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de diciembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: BP02-V-2006-002334
Por recibida la anterior solicitud de GUARDA Y CUSTODIA, propuesta por la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, abogada FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, actuando en nombre y representación de la niña EUGENIA NAZARETH “SANZ FIGUERA”, venezolana, de actualmente seis (06) meses de edad, respectivamente, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todos constante de cuatro (04) folios útiles.- Désele entrada.- Admítase. Fórmese expediente.- En consecuencia, cítese a la ciudadana CRITZALIDA JOSEFINA FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.997.305, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, en horas comprendidas de ocho y treinta (8:30am) de la mañana y tres y treinta (3:30pm) de la tarde, a los fines de dar contestación a la presente demanda. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 ejusdem, se indica que la Juez intentará la conciliación entre las partes, la cual tendrá lugar a las once de la mañana del mismo día de la contestación. Notifíquese al progenitor, ciudadano JOSE RAFAEL SANZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.395.054, domiciliado en: Calle Piedra Amarilla, parte alta, casa s/n, Barrio La Caraqueña, Puerto La Cruz, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, que debe estar presente en el Acto Conciliatorio. Líbrese boleta respectiva. Igualmente, se ordena oficiar al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), Caracas, Distrito Capital, a los fines de que se sirva informar a este Tribunal, A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE el último movimiento migratorio de la ciudadana CRITZALIDA JOSEFINA FIGUERA, antes identificada. Líbrese oficio.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02.-

DRA. ANA JACINTA DURAN.-
LA SECRETARIA.-
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.-

AJD/lba.-