REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, quince de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-V-2006-001695
Vistas las actas procesales que conforman el presente Expediente de Régimen de Visitas a favor de la niña ROSSY YSABEL MARRON CORVO, propuesta por LA DRA. FABIOLA QUINTAN FERNANDEZ, Fiscal Décimo Tercero del Ministerio publico del Estado Anzoátegui, en contra de la ciudadana ESTHER VIRGINIA CORVO GRAU, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio N° 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, tomando en consideración el Interés Superior de la niña XXXXXXXXXXX, y el derecho que tiene los niños y adolescentes de compartir con ambos padres y de conformidad a lo establecido en los Artículos 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes; Acuerda Decretar un Régimen de Visitas Provisional a partir del Sábado 16-12-2005 desde las nueve (9:00 a.m) de la mañana hasta las seis (6:00 p.m.) de la tarde, pudiendo llevarse el padre a la niña del hogar materno y debiendo regresarla a su madre en la hora señalada, y así sucesivamente todos los sábados de cada mes. Notifíquese al ciudadano JHONNY JOSE MARRON RENGEL, por medio de boleta de la presente decisión.- Librese boleta de notificación. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA N° 01,

Abog. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-

LA SECRETARIA ACC,

Abog. MARY CARMEN BATISTA.-