REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciocho de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2006-001765
Definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia de Rectificación de Partida de Nacimiento dictada por ésta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, precédase a su ejecución, a los efectos de los artículos 502 y 774 del Código Civil, expídase copia certificada de la presente sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto. En consecuencia éste Tribunal acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la mencionada sentencia y ordena remitir los oficios correspondientes a los organismos competentes a los fines legales consiguientes. Asimismo se acuerda la entrega de los documentos originales previa certificación en autos, el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial de éste Estado. Cúmplase.
La Juez Suplente Especial Sala N° 01.-
Abg. Santa Susana Figuera Cabello
La Secretaria Accidental
Abg. Mary Carmen Batista