REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-S-2003-001588
Visto la diligencia suscrita por el ciudadano GUSTAVO MARCANO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.471.089, inserta al folios cuarenta y cinco (45) del presente expediente, y el contenido de la misma. Así mismo vista la opinión de la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público de este Estado, Abogada MARY LOURDES FERRER, inserta al folio cincuenta y uno (51), e igualmente revisada el acta del nacimiento del ciudadano antes mencionado, inserta la folio tres (03) en cual consta su mayoría de edad, en consecuencia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley el Tribunal ORDENA hacerle entrega al ciudadano GUSTAVO MARCANO HERNANDEZ, ya identificado, la totalidad del dinero que se encuentra en la cuenta de ahorros llevada por éste Tribunal en el Banco Banfoandes, agencia Barcelona, a nombre del ciudadano ya mencionado, quedando un activo para la presente fecha en CERO BOLIVARES (Bs. 0). Todo ello de conformidad con el Art. 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente que textualmente dice así: El Interés Superior del Niño es un principio de interpretación y aplicación de esta Ley, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concerniente a los niños y a los adolescentes. Este principio esta dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños y adolescente, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.- Líbrese oficio.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL N° 01.

Dra. SANTA SUSANA FIGUERA

LA SECRETARIA ACC,

Abog. MARY CARMEN BATISTA


En la misma fecha, del auto anterior, se dio cumplimiento a lo acordado en él. Conste.-

LA SECRETARIA ACC,

Abog. MARY CARMEN BATISTA