REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2005-000713
Vista la diligencia de fecha 05-12-2006, inserto al folio 48 del presente expediente, suscrita por la ciudadana LUCILA RAMONA PERICO, titular de la cedula de Identidad N° 4.221.463, en la cual solicita se le haga entrega de la suma de UN MILLON DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000.00) del dinero depositado a la orden de este Tribunal en la Agencia Bancaria Banfoandes, Barcelona, Estado Anzoátegui, a favor del niño ADRIAN JOSE PERICO, para cubrir gastos médicos relacionado con el referido niño tal como se evidencia del Informe médicos y tratamiento que requiere su hijo acompañado a la presente diligencia y la opinión favorable vertida en autos por la fiscal Décimo Quinto del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Sala de Juicio N° 01 de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Uso de sus atribuciones legales y en Interés Superior del niño de autos Acuerda hacerle entrega a la ciudadana LUCILA RAMONA PERICO, cedulada bajo el N° 4.221.463, de la suma de UN MILLON DE BOLIVARES (BS. 1.000.000.00) del dinero depositado en la cuenta de ahorros a favor del niño ADRIAN JOSE PERICO, en la Agencia Banfoandes, Barcelona, correspondiéndolo al Departamento de Contabilidad adscrito a este Tribunal librar el oficio correspondiente.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL SALA N° 01,
Abog. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO.-
LA SECRETARIA ACC,
Abog. MARY CARMEN BATISTA.-