REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: BP02-V-2006-002382
Por recibida la anterior solicitud de GUARDA Y CUSTODIA, propuesta por la Fiscal Décima Tercera del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, Abg. FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, quien actúa en representación de las niñas NATALY NATACHA y GENESIS DE LOS ANGELES VELASQUEZ CASANOVA, de 05 y 01 años de edad, respectivamente, junto con los recaudos que la acompañan. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. De conformidad con los Artículos 358, 359 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, cítese a los ciudadanos NAILEX JOSEFINA CASANOVA y JOSE FRANCISCO VELASQUEZ YAÑEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-15.477.056 y V-12.978.269, la primera domiciliada en la Calle Jabillo, casa S/N°, Clarines, Estado Anzoátegui, y el segundo en la Calle Carabobo, casa N° 32, Clarines, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación a las diez de la mañana (10:00.a.m.), a los fines de que expongan lo que crean conveniente con relación a la presente solicitud. Con la advertencia que el día de la comparecencia la Juez intentará una conciliación entre las partes, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) y de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y defensas cualquiera que sea su naturaleza, las cuales resolverá en Sentencia Definitiva, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Asimismo se acuerda practicar Informes Sociales en los hogares de los ciudadanos NAILEX JOSEFINA CASANOVA y JOSE FRANCISCO VELASQUEZ YAÑEZ e igualmente evaluaciones Psicológicas y Psiquiatricas a través del Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a éste Tribunal. Comisiónese al Tribunal del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal, Clarines, Estado Anzoátegui. Líbrese boletas y oficios. Cúmplase.
La Juez Suplente Especial N° 01.
Abg. Santa Susana Figuera Cabello
La Secretaria Accidental
Abg. Mary Carmen Batista