REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2006-002385
Por recibida la anterior Solicitud de RÉGIMEN DE VISITAS, propuesta por la DRA. FABIOLA QUINTANA FERNANDEZ, Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Publico del Estado Anzoátegui, actuando en representación de su hijo el niño JOSE ANGEL ZUNIAGA BURIEL, de un (01) año de edad, junto con los recaudos que la acompañan, todo constante de cuatro (04) folios útiles. Désele entrada. Admítase. Fórmese expediente. De conformidad con el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cítese por medio de boleta a los ciudadanos ANGEL JOSE ZUNIAGA GUANIRE y YUSLAURI JOSE BURIEL PEREZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Números 16.798.816 y 19.456.695, respectivamente, domiciliados el primero en la Calle Las Salinas, N° 20, Barrio Fernández Padilla, Barcelona, Estado Anzoátegui y la segunda en el Callejón Virgen del Valle, casa s/n, Barrio Fernández Padilla, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 01 del Estado Anzoátegui, a las diez de la mañana (l0:00 a.m.), del tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que exponga lo que creyere conveniente con relación a la solicitud de Régimen de visitas, a favor de su hijo el niño JOSE ANGEL ZUNIAGA BURIEL. Con la advertencia que el día de la comparecencia la juez intentará una conciliación entre las partes a las nueve de la mañana (9:00.a.m.) y de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y defensas cualquiera que sean su naturaleza, las cuales resolverá en sentencia definitiva. Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Sociales en el hogar de los ciudadanos ANGEL JOSE ZUNIAGA GUANIRE y YUSLAURI JOSE BURUEL PEREZ. Asimismo practicar evaluaciones psicológicas a los ciudadanos ANGEL JOSE ZUNIAGA GUANIRE y YUSLAURI JOSE BURUEL PEREZ a través del Especialista adscrito al Equipo Multidisciplinario de este Despacho, a quien se acuerda librar el oficio correspondiente.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL Sala Nº 01.
Abog. SANTA SUSANA FIGUERA CABELLO
LA SECRETARIA ACC,
Abog. MARY CARMEN BATISTA.