REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cinco de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-V-2006-002198
Por recibida la anterior solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, propuesto por el ciudadano JOSE ANTONIO NORIEGA CAMPOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.488.895, domiciliado en el Barrio la Ponderosa , sector III, Callejón Urdaneta, Nº 52-A, Barcelona, Estado Anzoátegui, asistido por el Abogado en ejercicio ARTURO GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 40.097, actuando en representación de sus hijos KRISSEL DEL VALLE, KRISBELYS JOSEFINA Y CRISTIAN DE JESUS CAMPOS VILLAZANA, de Dieciséis (16), trece (13) y once (11) años de edad respectivamente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todos constante de ocho (08) folios útiles. Por cuanto la misma no es contraria a derecho, en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, LA ADMITE,.- Désele entrada.- Fórmese expediente y anótese en el libro respectivo y Désele el curso legal, a objeto de proveer sobre lo solicitado se ordena: 1). Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del inicio de la presente solicitud. Líbrese Boleta de Notificación. 2) Se insta al solicitante a consignar copia certificada de su acta de nacimiento expedida por la prefectura del Municipio Bolívar.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº 2.-
DRA. ANA JACINTA DURAN-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.-
LA SECRETARIA
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR
AJD/ CA