REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO TRIBUTARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental
Barcelona, veinticuatro de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-U-2005-000277
Visto el escrito Contentivo de JUICIO EJECUTIVO, signado con el N° BP02-U-2005-000277 interpuesto en fecha 30 de noviembre de 2005, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (U.R.D.D) Civil, por la Abogada CRISTINA TILLERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro., V- 12.795.266, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 74.782, funcionaria adscrito a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor Oriental, actuando en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, contra la contribuyente CONSTRUCTORA FUPACA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil que lleva el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, bajo el Nro. 76 folios 177 al 180, Tomo 42-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nro. J-00334015-4; recibido en este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha cinco (05) de diciembre de 2005; Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, realizada la revisión del referido escrito y sus recaudos, observa que se encuentran llenos todos y cada uno de los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil; así como las disposiciones establecidas en los artículos 211, 212 , 213 y 289 del Código Orgánico Tributario vigente, motivo por el cual ADMITE el presente JUICIO EJECUTIVO intentado por la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS, contra la contribuyente " CONSTRUCTORA FUPACA, C.A.”, se ordena la intimación de la contribuyente " CONSTRUCTORA FUPACA, C.A.”, en la persona de su Presidente y Único Socio ciudadano JUAN PABLO PATIÑO CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.890.294, con domicilio en la Avenida Independencia Edificio Funda Bermúdez, Piso 02, Oficina Nº 03, Carúpano, Estado Sucre, a fin de que comparezca por ante este Tribunal Superior dentro de los cinco días de despacho siguientes más un (01) día que se le concede como término de distancia, a la constancia en autos de haberse practicado la intimación ordenada, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código Orgánico Tributario, pague o compruebe haber pagado a la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS, apercibido de ejecución las siguientes cantidades de dinero:
1. La cantidad de BÓLIVARES CINCUENTA Y OCHO MILLLONES CIENTO NOVENTA MIL CIENTO SESENTA, CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. 58.190.160,25) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLÍVARES SESENTA Y UN MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO, CON CERO CENTIMOS (BS. 61.099.668,00); liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000686 de fecha 28/04/2003.
2. La cantidad de BOLÍVARES SESENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOCIENTOS DOCE, CON CINCO CENTIMOS (Bs. 64.763.212,05) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLIVARES SESENTA Y OCHO MILLONES CIENTO UN MIL TRECIENTOS SETENTA Y TRES, CON CERO CENTIMOS (Bs. 68.001.373,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000687 de fecha 28/04/2003.
3. La cantidad de BOLIVARES CIENTO TRES MILLLONES NOVECIENTOS VEINTIUN MIL QUINIENTOS CUATRO, CON ONCE CENTIMOS (Bs. 103.921.504,11), por concepto de impuesto y por concepto de multa la cantidad de BOLÍVARES CIENTO NUEVE MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE, CON CERO CENTIMOS (BS. 109.117.579,00), liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000688 de fecha 28/04/2003.
4. La cantidad de BOLÍVARES SESENTA Y OCHO MILLONES SEICIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO, CON CERO CENTIMOS (Bs. 68.695.768,00) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL, QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 72.130.556,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000689 de fecha 28/04/2003.
5. La cantidad de BOLIVARES CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE, CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 4.543.967,87), por concepto de impuesto y por concepto de multa la cantidad de BOLIVARES CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 4.771.166,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000672 de fecha 28/04/2003.
6. La cantidad de BOLÍVARES QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS TRECE, CON SESENTA Y OCHO CENTIMOS (BS. 15.850.513,68) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLIVARES DIECISEIS MILLLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TREINTA Y NUEVE, CON CERO CENTIMOS (Bs.16.643.039,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000673 de fecha 28/04/2003.
7. La cantidad de BOLÍVARES ONCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL DOCIENTOS CUARENTA Y CINCO, CON CERO CENTIMOS (Bs. 11.925.245,00) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLIVARES DOCE MILLONES QUINIENTOS VEINTÚN MIL QUINIENTOS SIETE, CON CERO CENTIMOS (Bs. 12.521.507,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000674 de fecha 28/04/2003.
8. La cantidad de BOLIVARES DIECIOCHO MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS, CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs. 18.044.452,24), por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLIVARES DIECIOCHO MILLLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO, CON CERO CENTIMOS (Bs. 18.946.675,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000675 de fecha 28/04/2003.
9. La cantidad de BOLÍVARES DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA, CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 2.449.150,65) por concepto de impuesto y por con concepto de multa la cantidad de Bolívares DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHO, CON CERO CENTIMOS (Bs. 2.571.608,00), liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000676 de fecha 28/04/2003.
10. La cantidad de BOLIVARES TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL TRECIENTOS TRECE BOLIVARES, CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 35.151.313,62) por concepto de impuesto y por concepto de multa la cantidad de BOLÍVARES TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE, CON CERO CENTIMOS (Bs. 36.908.879,00), liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000677 de fecha 28/04/2003.
11. La cantidad de BOLÍVARES CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO, CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 4.619.134,94) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLÍVARES CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y DOS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 4.850.092,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000678 de fecha 28/04/2003.
12. La cantidad de BOLÍVARES SEIS MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS, CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 6.054.566,31) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLIVARES SEIS MILLONES TRECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOCIENTOS NOVENTA Y CINCO, CON CERO CENTIMOS (BS. 6.357.295,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000679 de fecha 28/04/2003.
13. La cantidad de BOLIVARES TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRECIENTOS DIEZ, CON DIECIOCHO CENTIMOS (Bs. 3.784.310,18) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLÍVARES TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTISEIS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.973.526,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000680 de fecha 28/04/2003.
14. La cantidad de TRES MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTISEIS, CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (BS. 3.799.126,64) por concepto de impuesto y por concepto de multa la cantidad de BOLÍVARES TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y TRES, CON CERO CENTIMOS (Bs.3.989.083,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000681 de fecha 28/04/2003.
15. La cantidad de BOLÍVARES TRES MILLONES TRECIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS SIETE, CON TREINTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 3.380.707,37) por concepto de impuesto y por concepto de multa, la cantidad de BOLIVARES TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES, CON CERO CENTIMOS (Bs. 3.549.743,00) liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000682 de fecha 28/04/2003.
16. La cantidad de BOLÍVARES CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 48.500,00), por concepto de impuesto, liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000683 de fecha 28/04/2003.
17. La cantidad de BOLÍVARES CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS, CON CERO CENTIMOS (Bs. 48.500,00), por concepto de multa, liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000684 de fecha 28/04/2003.
18. La cantidad de BOLÍVARES NOVENTA Y SIETE MIL, CON CERO CENTIMOS (Bs. 97.000,00), por concepto de multa, liquidados mediante planilla de liquidación Nº 071001233000685 de fecha 28/04/2003.
19. Las costas del proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario; conforme a la Ley, la cantidad de BOLIVARES OCHENTA Y TRES MILLONES SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS, CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs.83.079.892,19), equivalente al diez por ciento (10%) de la suma demandada, así como los intereses moratorios generados desde el vencimiento del cumplimiento de las obligaciones, hasta la cancelación total de la deuda o formulen oposición conforme a la ley. En cuanto a la medida solicitada en el escrito libelar por la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION NOR ORIENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), ADSCRITO AL MINISTERIO DE FINANZAS, el Tribunal proveerá en el correspondiente cuaderno separado de medidas el cual se ordena abrir.- Líbrese boleta de intimación con las inserciones pertinentes, anéxele copia certificada del escrito libelar y del presente auto a los fines de ser entregada al intimado. Cúmplase con lo ordenado.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Barcelona, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año 2006. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez Temporal,
Dr. Onéximo Garnica Prato.
La Secretaria,
Abg. Magaly Díaz.
Nota: En esta misma fecha (24-01-2006) se dictó la presente decisión previa las formalidades de la ley a las 3:00 p.m. Conste.-
La Secretaria,
Abg. Magaly Díaz.
OGP/MD/y.p.