REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 17 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-000160
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-000160

Vista la solicitud presentada por la Dra. LINDA MONTERO, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la causa por uno de los delitos contra La Propiedad, cometido en perjuicio de NAIROBIS DEL VALLE DIAZ; todo de conformidad con lo pautado en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:
Se inició la investigación Penal, previa denuncia formulada en fecha 04-11-00, por la ciudadana NAIROBIS DEL VALLE DIAZ, ante el Ministerio Público, mediante la cual expuso que un funcionario policial no identificado le exigió veinte mil bolívares para poder ver a su hermano Juan José Díaz, quien se encontraba detenido en los calabozos de la Policía del Estado Anzoátegui; no existiendo razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación; por lo que a criterio de éste Juzgado no hay bases para que el Ministerio Público solicite el enjuiciamiento de imputado alguno; por consiguiente, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por la Dra. LINDA MONTERO, en su carácter de Fiscal Sexto del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, conforme al artículo 318, ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el Sobreseimiento de la causa por uno de los delitos contra La Propiedad, cometido en perjuicio de NAIROBIS DEL VALLE DIAZ; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar las Medidas de Coerción Personal que hubiesen sido dictadas. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.
EL SECRETARIO.
Abg. ADANNEL GUERRERO