REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 26 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2000-001105
ASUNTO : BP01-P-2000-001105

Vista la solicitud presentada por el Dr. LEONARDO REYES, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano YONDER RAFAEL CARIPA RODRIGUEZ, titular de la cédula d identidad número 11.424.802, por uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de la Colectividad; todo de conformidad con lo pautado en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:
Se desprende del Acta Policial de fecha 26-05-00, suscrita por funcionarios adscritos a la Policía del Estado Anzoátegui, que encontrándose de patrullaje por la Calle San Nicolás, Barrio Saigón, Puerto La Cruz, practicaron la detención del ciudadano YONDER RAFAEL CARIPA RODRIGUEZ, a quien se le incautó en sus partes íntimas un envoltorio de papel plástico de color negro, contentivo de ciento diez mini-envoltorios, de una sustancia compacta color blanca, presunto Crack; sin embargo, se observa que al momento de realizarle el registro corporal al mencionado imputado, no se encontraban testigos que puedan corroborar el contenido de dicha acta policial; existiendo como único elemento de convicción la versión de los funcionarios policiales actuantes en el procedimiento; en consecuencia, a criterio de ésta Instancia Penal, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación; no habiendo bases para que el Ministerio Público solicite el enjuiciamiento del imputado de autos, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por el Dr. LEONARDO REYES, en su carácter de Fiscal Noveno del Ministerio Público de éste Estado; en consecuencia, conforme al artículo 318, ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano YONDER RAFAEL CARIPA RODRIGUEZ, titular de la cédula d identidad número 11.424.802, por uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de la Colectividad; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar las Medidas de Coerción Personal que hubiesen sido dictadas. Regístrese. Notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA.
LA SECRETARIA,
Abg. LUISANA LEÓN DÍAZ