REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 12 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2006-000089
ASUNTO : BP01-P-2006-000089

Vista la solicitud de Sobreseimiento de la causa consignada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, conforme a los artículos 108, ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, 34, ordinal 10° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en el proceso incoado en fecha 18 de Febrero de 2.000, en contra de LUIS NOEL LOPEZ MORALES, quien es Venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad N° 3.173.931, nacido el 25-09-51, de 54 años de edad, casado, Licenciado en Comunicación Social, con residencia en Residencias Playa Mar, Primer Piso, apartamento 1B3, Lechería, Municipio Urbaneja de este Estado, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, cometido en perjuicio de la ciudadana SONIA MONESSATI.
La Fiscalía Sexta del Ministerio Público, en su escrito consignado en fecha 10 de Enero de 2.006, alega que solicita el Sobreseimiento de la causa, de acuerdo al artículo 318, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que de la investigación realizada, se estableció que no cursa reconocimiento Médico-Legal que determine el carácter y tiempo de curación de las lesiones que dice haber sufrido la ciudadana SONIA MONESSATI, para poder subsumir el hecho, en modalidad delictual alguna, prevista en nuestra Ley Sustantiva Penal y ante la ausencia de elementos que establezcan que estamos en presencia de la comisión de un ilícito penal, lo legalmente procedente es en consecuencia, decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, conforme al ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, tal como lo solicitara la parte Fiscal, en su escrito que cursa a los folios 1 y 2 de los autos y así se decide.-
PARTE DISPOSITIVA
El Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Le, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, seguida a LUIS NOEL LOPEZ MORALES, antes identificado, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, cometido en perjuicio de SONIA MONESSATI, en virtud de que los hechos que nos ocupan, no fueron demostrados con la respectiva certificación Médico-Legal, que acredite el carácter de las supuestas lesiones sufridas por el citado adolescente, de acuerdo a lo pautado en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, notifíquese y déjese copia.
EL JUEZ DE CONTROL IV
DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. LEYDANID GOMEZ