REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 23 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2005-000020
ASUNTO: BP01-P-2005-000020

Revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, este Tribunal observa:
En Audiencia Oral celebrada en fecha 01 de Noviembre de 2005, este Tribunal de Control a solicitud de la Defensora Pública Penal abogada CARMEN CECILIA SALAZAR, acordó fijar un Lapso Prudencial de Cuarenta y Cinco (45) días, a los fines de que la Fiscal Vigésima del Ministerio Público de este Estado, emitiera el pronunciamiento respectivo para que concluya la investigación en la presente causa, quedando notificadas las partes en el referido acto.
En consecuencia y vencidos como se encuentran los lapsos legales establecidos, sin que el representante del Ministerio Público haya presentado escrito acusatorio, ni solicitado el Sobreseimiento de la causa, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES que conforman el presente asunto principal, así como el cese de la condición de imputado del ciudadano ODIRSE DASILVA DE TORRES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.837.598, natural de Sao Pablo, Brasil, fecha de nacimiento 19-01-1959, de 44 años de edad, estado civil casado, de profesión u oficio peluquera, nivel de instrucción bachiller, hijo de los ciudadanos Dorasil Marquez Farias (v) y Antonio Da Silva (v), domiciliado en Tronconal III, cerca de la casilla Policial, Barcelona, Estado Anzoátegui.. De igual manera se acuerda el Cese de las Medidas Cautelares Sustitutivas que le fueran impuestas en fecha 10 de Enero de 2005; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL N° 04,
DRA. FREYA RODRIGUEZ DE LÓPEZ
LA SECRETARIA,
ABG. LEYDANID GOMEZ
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