REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 22 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2006-000176
Visto el escrito de fecha 16-01-2.006, remitido por el Fiscal 6° del Ministerio Público, en virtud del cual solicita el Sobreseimiento de la causa que se sigue en contra del ciudadano: ANGE JOSÉ PADOVANI, por la presunta comisión de unos de los delitos CONTRA LAS PERSONAS; este Tribunal a los fines de decidir, observa:
PRIMERO: Aprecia el Fiscal… " que e la presente investigación no se determinó el tipo de lesión que pudo haber sufrido la Víctima, ya que como tal y como consta en las actuaciones no existe el resultado del Reconocimiento Médico Legal, ni existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación ; es por lo que solicitó se decrete el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con los establecido en el artículo 318, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal."
Analizadas como han sido las presentes actuaciones, por las circunstancias del caso, este Tribunal acuerda declarar con lugar y aceptar lo solicitado en virtud de los hechos explanados, no se subsumen en el tipo penal señalado y así se declara, por todo lo anterior, este tribunal 6° de control, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: El Sobreseimiento de la Causa, seguida al ciudadano: ANGEL JOSÉ PÁDOVANI, en perjuicio ARELIS JOSEFINA MACUARE, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4°, por no existir bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los imputados. Notifíquese. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 06.,
DR. ANWAR ROMHAIN MARÍN.
EL SECRETARIO.,
ABG. HÉCTOR FARIAS.
L3.