REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticuatro de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2006-000058
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos: Rafael Villar Ortal y Rolando Villar Ortal venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 5.192.555 y 8.320.404, asistidos por el abogado Manuel Idriogo, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.957, mediante el cual solicitan sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MARIA ARGENTINA ORTAL viuda de VILLAR, quien falleció ab- intestato en su domicilio, ubicada en el sector D-3, Urbanización Oropeza Castillo de la Ciudad de Puerto La Cruz, Municipio Sotillo Estado Anzoátegui. El 02 de Mayo del año 2004.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los ciudadanos JOSE ALIRIO CASTILLO MARTINEZ y DIEGO CRUZ DIAZ, identificadas en autos quienes declararon por ante este Tribunal y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MARIA ARGENTINA ORTAL viuda de VILLAR, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. IDA TINEO DE MATA.
LA SECRETARIA,
DRA. MIRLA MATA ROJAS.