REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEL A
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecinueve de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-004713
Vista la solicitud de Unicos y Universales Herederos presentada por el Dr. PEDRO JOSE ACERO PINO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado con el No.60.239, como Apoderado de los ciudadanos: CRUZ ANGELICA MARTINEZ TAYUPO, LUIS MARTINEZ TAYUPO, TEOBALDO MARTINEZ TAYUPO, FRANCIA MARTINEZ TAYUPO, ANDRES ELOY MARTINEZ TAYUPO, ADRIAN MARTINEZ TAYUPO; ZOA MARTINEZ DE LEZAMA, JOSE GONZALO MARTINEZ TAYUPO, IRIS AMELIA MARTINEZ TAYUPO y CRUZ ALBERTO MARTINEZ TAYUPO, mayores de edad, de nacionalidad venezolana, titulares de las Cédulas de identidad Nos. V-497.542, V-1.153.571, V-500.972, V-3.168.117, V-3.686.402, V-4.218.344, V-3.958.035, V-4.903.346, V-4.903.345 y V-8.214.411 respectivamente, evacuado por ante este Tribunal con las declaraciones de los ciudadanos: JOSE CELESTINO BRITO y RUBEN OSVALDO ROBLES, mayores de edad, de nacionalidad venezolana, titulares de las Cédulas de identidad Nos. V-8.374.711 y E-81.128.221 respectivamente, quienes declararon conocer de vista, trato y comunicación a los solicitantes, todos hijos de los ciudadanos: CRUZ MARTINEZ TAYUPO y AMELIA TAYUPO DE MARTINEZ, ambos fallecidos, y quines al dejar de existir solo dejaron como Unicos y Universales Herederos a los antes mencionados ciudadanos, y este Tribunal vista dichas declaraciones, así como la documentación consignada al escrito de la solicitud, lo toma como plena prueba suficiente y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Como Unicos y Universales Herederos de los fallecidos, ciudadanos: CRUZ MARTINEZ TAYUPO y AMELIA TAYUPO DE MARTINEZ, a sus hijos, ciudadanos: CRUZ ANGELICA MARTINEZ TAYUPO, LUIS MARTINEZ TAYUPO, TEOBALDO MARTINEZ TAYUPO, FRANCIA MARTINEZ TAYUPO; ANDRES ELOY MARTINEZ TAYUPO, ADRIAN MARTINEZ TAYUPO, ZOA MARTTINEZ DE LEZAMA, JOSE GONZALO MARTINEZ TAYUPO; IRIS AMELIA MARTINEZ TAYUPO y CRUZ ALBERTO MARTINEZ TAYUPO, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento. Se dejan a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo establecido en el Artículo 11 Ejusdem., Se deja copia certificada de este decreto en el Archivo de este Tribunal. Así se decide.
La Jueza Suplente Especial.
Abog. Milagros Rodríguez Trillo.
La Secretaria.
Abog. María Renzulli Dávila.