REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-003579
Vista la anterior solicitud de Únicos y Universales Herederos y los anexos que le acompañan, formulada por la ciudadana CRISALIDA DEL VALLE AGUILERA ELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8967200, y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado JORGE MANUEL ZAMORA PAREDES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4076, mediante la cual solicita sean declarados Únicos y Universales Herederos de la ciudadana AUGUSTA MARGARITA VELASQUEZ DE AGUILERA, fallecida Ab-intestato el día 07 de octubre de 2005.-
Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos, los cuales quedaron contestes en afirmar los dichos de los solicitantes, es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes para asegurarles sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la “de cujus” AUGUSTA MARGARITA VELASQUEZ DE AGUILERA al ciudadano LUIS REINALDO AGUILERA CARABALLO en su condición de cónyuge y/a sus hijas BRISEIDA MARGARITA, MINERVA COROMOTO, CRISEIDA DEL VALLE y BOLIVIA DEL CARMEN AGUILERA VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad nros. 1.634.911, 8.462.357, 8.464.603, 8.967.200, y 10.061.405 respectivamente, en su condición de cónyuge e hijos de la causante antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados.- Así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA
Se devuelve originales con sus resultas constante de diecisiete (17) folios útiles.- Conste.-
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA