REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2006-000088
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: EMIGDIO RAFAEL DAMAS venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° 5.470.860, domiciliado en Anaco, Municipio Anaco del estado Anzoátegui, asistido por la abogada NANCY JOSEFINA MARTINEZ MAURERA, inscrita en el inpreabogado bajo el N. 98.223, solicitando se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Calle La Campiña Barrio Vista Alegre N. 32 de la ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui y alinderadas de la siguiente manera: NORTE. Con bienhechurias que son del ciudadano José Salazar; SUR: Con Calle La Campiña, que es su frente; ESTE: Con casa que es de la ciudadana Olga Torres y; OESTE; Con casa que es de la ciudadana Marelis Colón.- Dichas bienhechurias consisten en una casa fabricada de paredes de bloques de cemento, techo de acerolit, piso de cemento, con revestimiento de cerámica, puertas y ventanas de hierro; totalmente cercada de bloques y con las siguientes dependencias: tres (3) habitaciones, una(1) sala comedor, una (1) cocina, un (1) porche, dos (2) baños y un (1) garaje.- El valor invertido es la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 4.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos: JESUSITA MARTINEZ Y ANA SANCHEZ, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceras personas que puedan tener sobre la mencionada justificación la DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la bienhechuria mencionada que ejerce el ciudadano EMIGDIO RAFAEL DAMAS.- Devuélvanse las actuaciones al interesado.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA