REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticinco de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-000047
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: RAYDENI YVANZAYDE ARMAS VARGAS, venezolana, mayor de edad, soltera,, titular de la cédula de identidad N° 11.844.844, y de este domicilio, asistido por el abogado ROBERTO SANTILLI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.496.975 e inscrita en el inpreabogado bajo el N. 42.332, solicitando se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurias que fomentó a sus propias expensas con dinero de su propio peculio, ubicadas en la el callejón Victoria N. 4 sector Valle Guanipa de El Tigre y alinderadas de la siguiente manera: NORTE. Con parcela ocupada por Eddi Sánchez; SUR: con parcela ocupada por la señora América Guevara ,ESTE: Por parcela ocupada por Margarita de Rojas Y; OESTE; Por parcela ocupada por Maria Rodríguez y callejón La Victoria.- Dichas bienhechurias consisten en una casa fabricada de paredes de bloques de cemento, techo de zinc, piso de cemento, puertas y ventanas de hierro y con las siguientes dependencias: tres (3) habitaciones, una(1) sala una (1) cocina, una (1) sala de baño, un (1) lavadero un (1) porche, un (1) tanque de agua y paredones de bloques de alfajor.- El valor invertido es la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 8.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos: CORNIELES PEREZ MILAGROS DEL VALLE Y MIOREIDA JOSEFINA MAURERA este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos de terceras personas que puedan tener sobre la mencionada justificación la DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la bienhechuria mencionada que ejerce la ciudadana RAYDENY YVANZAYDE ARMAS VARGAS- Devuélvanse las actuaciones al interesado.-
LA JUEZ TEMPORAL
Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA
Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA