REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta y uno de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-003779
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARITZA ALBAIRIS BRITO PRADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 10.066.569 y domiciliada en San Josè de Guanipa Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, asistida por la abogada Staysluth Alfonso Ramírez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 87782, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicada en el sector Bicentenario Calle Santa Teresa cruce con Concepción Palacio de San José de Guanipa Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui .- Alinderada de la siguiente manera: NORTE: Calle Concepción palacio.- SUR: Casa y patio de Laura Saab.- ESTE: Terreno municipal con Barraca y OESTE.:Calle santa Teresa.- Dichas bienhechurias consisten dos (2) habitaciones con paredes de bloque de cemento, piso de cemento rustico, techo de acerolit, puertas y ventanas de hierro con protector, un (1) baño con poceta y lavamanos, (1) pozo séptico emblocado y tapado de 3mts de profundidad.- El valor invertido es la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ciudadanos CARLOS EDUARDO IBARRA FUGUERA y JESUS RAMON ARRIOJAS, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: MARITZA ALBAIRIS BRITO PRADO ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL
ELAINA GAMARDO LEDEZMA LA SECRETARIA
MARIANELA QUIJADA ESTABA