REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinte de enero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : BP12-S-2005-000615
Mediante auto de fecha 03 de mayo de 2005, este Tribunal admitió solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano HUMBERTO JOSE GARCIA SARCOS, titular de la cédula de identidad N° 10.060.081, fijándose la oportunidad para la presentación de los testigos.- Mediante auto de fecha 11 de mayo de 2005, fue declarado desierto el acto en virtud de que el solicitante no presentó los testigos.-Mediante auto de fecha 17 de mayo de 2005, previa solicitud del solicitante, se fijó nuevamente la oportunidad para las testimoniales de los testigos, siendo declarados igualmente desierto la comparecencia de las mismas.-En fecha 20 de octubre de 2005, se fijó nueva oportunidad para la declaración de los testigos y llegada la oportunidad, y en vista de la no comparecencia de los mismos, fue declarado desierto el acto.-
Ahora bien, vistas las reiteradas inasistencias del solicitante a presentar los testigos que se traduce en una negligencia de su parte, y viola el principio de celeridad procesal consagrado en el artículo 26 de Nuestra Carta Magna, por tal razón, este Tribunal NIEGA la evacuación de la presente solicitud, y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ


LA SECRETARIA Acc.,

MARYSAMIL LUGO ITANARE