REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veintiseis de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : BP12-S-2004-000431
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: GREGORIO IBRAIN AREVALO SAGARAY, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.526.293, de este domicilio, y vistas asimismo, las declaraciones rendidas por los ciudadanos: JUAN CARLOS BIRRIEL MEDINA y JOHANNA VENEZUELA CABRERA SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 11.657.948 y 13.751.530, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por el postulante en la solicitud que corre por cabeza de las mismas y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ
LA SECRETARIA Acc.,
MARYSAMIL LUGO ITANARE
Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda la devolución de las mismas, previa su certificación en los autos.-
LA SECRETARIA Acc.,
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