REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DE LOS MUNICIPIOS SIMÓN RODRÍGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA

El Tigre, 10 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP11-D-2005-000161
ASUNTO : BP11-D-2005-000161


SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO)


JUEZ: JHON JOSE PEREZ


FISCAL: DECIMO OCTAVO DEL MINISTERIO PUBLICO


SECRETARIO JESUS FIGUEROA SALAZAR


JUICIO: PENAL.



DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD. (Hurto Calificado)
ADOLESCENTE
IMPUTADA: SE OMITE


VICTIMA: MICAELA DEL CARMEN DOMINGUEZ.

La presente causa penal se inició en fecha: 14 de enero de 2003 por ante la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Público, en virtud de las actuaciones emanadas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Seccional El Tigre, de las cuales se evidencia la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, (Hurto Calificado), donde aparecen como presuntas responsables las adolescentes: SE OMITE, motivo por el cual la citada Fiscalía acordó abrir la averiguación.

A los folios 04 al 06 cursa escrito donde el Fiscal del Ministerio Público, solicita el Sobreseimiento Definitivo a favor de la adolescente: SE OMITE, de conformidad con el artículo 561 letra “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal.-


PARTE MOTIVA

En virtud de las actas procésales y vista la solicitud interpuesta por la Representante del Ministerio Público, mediante la cual solicita el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa, este Tribunal, a los fines de decidir Observa:

El Artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, establece: Solicitar el sobreseimiento definitivo si resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción”. Ahora bien observa este Juzgador que de las actuaciones que conforman la presente causa no existen suficientes elementos de convicción que permita establecer la responsabilidad penal de la adolescente SE OMITE, en el hecho investigado; Por tal motivo este Juzgador acoge el criterio Fiscal y Declara el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa. Y ASI SE DECLARA.-



PARTE DISPOSITIVA:

Por todo lo antes expuesto este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez y de Control Penal Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida a la Adolescente: SE OMITE, de conformidad con los con el artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 318 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal .-

Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes y Déjese copia de la presente decisión.

DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Simón Rodríguez en funciones de Control Penal Sección Adolescentes, en la ciudad de El Tigre, a los diez (10) días del mes de Enero del año Dos Mil Seis. Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-

EL JUEZ,

Abg. JOHN JOSE PEREZ
EL SECRETARIO,


ABG. JESUS FIGUEROA



En esta misma fecha, e dictó y publicó la anterior sentencia, la cual fue agregada a la causa penal signada con el Nº BP11-D-2005-000161. CONSTE.-



EL SECRETARIO,

ABG. JESUS FIGUEROA


10:39 AM