REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-L-2005-000723
PARTE ACTORA: BREYIT HAMOUI CHAMAS, titular de la cédula de identidad No. 8.246.772.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: BOGART ENRIQUE GONZÁLEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 52.193.
DEMANDADOS: BIN PROYECT, C.A. y ANTONIO GILBERTO VISCIOTTI FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad No. 8.958.750.
APODERADOS DE LOS DEMANDADOS: PABLO E. CHACIN TORREALBA (por la primera), inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 81.004.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy diez (10) de enero de dos mil seis, siendo las tres (03:00) p.m. de la tarde oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, haciendo acto de presencia por la demandada BIN PROYECT, C.A. los abogados PABLO E. CHACIN TORREALBA y ROXANA NEGRIN (por la primera), inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 81.004 y 83.148. Por el segundo demandado ANTONIO GILBERTO VISCIOTTI FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad No. 8.958.750 no se presento personalmente, ni por medio de apoderado alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195°.
El Juez Temporal
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria
Abg. Yirali Quijada
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 03:21 p.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Yirali Quijada
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