REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-003689
PARTE ACTORA: FRANCISCO PANCHO GUAREGUA; venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Número 8.249.877.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO SE PRESENTO.
EMPRESA DEMANDADA: TIKY MOTORS, S.A.
ABOGADOS DE LA DEMANDADA: NO SE PRESENTO.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy dieciséis (16) de enero de dos mil seis, siendo las nueve (09:00) a.m. de la mañana oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por CALIFICACIÓN DE DESPIDO; se deja expresa constancia de que las partes no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195°.

El Juez

Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria

Abg. Yirali Quijada

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 09:16 a.m. Conste.

La Secretaria

Abg. Yirali Quijada