REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis de enero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO: BP02-L-2005-000802


Vista la transacción judicial, suscrita por la abogada AMALIA JOSEFINA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 88.039, en su carácter de apoderada judicial de la accionante, ciudadana ISNAN ADRIANA LEON GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. 13.226.643, y por la otra, el abogado PABLO ALMEIDA CORRAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 88.900, en su carácter de apoderado de la empresa accionada; este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. De igual manera da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo Judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los dieciséis (16) días del mes de enero de dos mil seis (2006), y así se decide.-
El Juez




Abog. Martín Sucre López

La Secretaria,


Abg. Fabiola Pérez.
Nota: En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión, siendo la una y veintiséis minutos de la tarde (01:26 pm). Conste.
La Secretaria,


Abg. Fabiola Pérez.
MS/FP/zb.-