REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dieciséis (16) de enero de dos mil seis
195º y 145º
ASUNTO: BP02-L-2005-000160
PARTE ACTORA: LUIS MARCANO, ADES MANUEL LEON y JESUS ANTONIO SANCHEZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RONALD JOSE FUENTES MORENO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 96.434.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A (CONFURCA), inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 22 de octubre de 1976, bajo el No.94, Tomo 5- A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Los abogados Johanna Rincones, Gerardo Soto, David Fernández, Luis Pereira y Joanders Hernández, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números: 66.548, 72.731, 10.327, 5.989 y 56.872, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En horas de despacho del día de hoy, dieciséis (16) de enero de dos mil seis (2005), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de juicio en el presente asunto, en el juicio seguido por los ciudadanos LUIS MARCANO, ADES MANUEL LEON y JESUS ANTONIO SANCHEZ contra la empresa CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. Se constituye de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Presidido por la Juez, Abog. MARIA AUXILIADORA CHAVEZ, la Secretaria Abog. ROMINA VACCA y el Alguacil JAVIER AGUACHE, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. Posteriormente la Ciudadana Juez ordena a la Secretaria informar el motivo de la presente Audiencia y dejar constancia de la presencia de las partes. Seguidamente la Secretaria dio cuenta a la Ciudadana Juez del objeto de la presente Audiencia. Asimismo deja constancia de la incomparecencia de los ciudadanos LUIS MARCANO, ADES MANUEL LEON y JESUS ANTONIO SANCHEZ, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº 4.907.318, 14.077.766 y 4.687.985, respectivamente, y de sus apoderados judiciales. Asimismo se deja constancia de la presencia de la demandada CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A (CONFURCA); a través de sus apoderados judiciales, abogados JOHANNA RINCONES y GERARDO SOTO, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nos.66.548 y 72.731, respectivamente. Acto seguido, la ciudadana Juez, vista la incomparecencia de la parte actora, declara el desistimiento de la acción, y terminado el proceso, conforme al artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no ordenándose el archivo judicial del presente asunto, hasta tanto transcurra el lapso previsto en la ley, para que ejerzan los recursos que creyeren pertinentes. Igualmente se deja constancia que la presente audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, mini DV, serial Nº 440990, manipulada por el técnico audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción Judicial, ciudadano DARWIN VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.283.339. Se declara concluida la Audiencia de Juicio. Siendo las 9:05 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
MARIA AUXILIADORA CHAVEZ
APODERADOS DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABOG. ROMINA VACCA
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