REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de enero de dos mil seis
195º y 146º
ASUNTO : BH05-L-2001-000095

Vista la diligencia de fecha 16 de diciembre de 2005, suscrita por el abogado CARLOS JAVIER MARCANO CONTRERAS, actuando en su carácter de autos, mediante la cual expone, que en virtud de haber llegado a un acuerdo satisfactorio con respecto a la ejecución de la sentencia definitiva, con el recibo de 2 cheques identificados de la siguiente manera: N° 44-81127822 por un monto de 5.000.000 de Bolívares girado contra el Banco Exterior cuenta N° 0115008111-081004743 y cheque N° 88-8127823 por un monto de 5.000.000 de Bolívares girados contra el Banco Exterior cuenta N° 44-811-0115-008111-0810041343, es por lo que desiste de la ejecución de la sentencia en nombre de su representado y en consecuencia solicita que se de por consumado el presente acto y se ordene el archivo del mismo, este Juzgado, por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho ni al Orden Público, da por consumado el DESISTIMIENTO y en consecuencia le imparte su homologación, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica, en concordancia con el articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia, da por terminada la presente causa y ordena el archivo del presente expediente. Cúmplase.-
La Juez Temporal


Abog. Analy Silvera
La Secretaria

Abog. Isolina Vásquez