REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veinticinco de enero de dos mil seis
195º y 146º

ASUNTO : BP02-S-2005-003320

Definitivamente firme como ha quedado la anterior Sentencia de DIVORCIO 185-A, propuesto por los ciudadanos CARLOS MARX LOPEZ y GLORIA DEL VALLE ANUEL VALDERRAMA, dictados por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº. 02, procédase a su ejecución. A los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil, expídase copia certificada de la Sentencia con inserción del presente auto y remítase con oficio una de ellas a la Prefectura del Municipio Guanipa, Estado Anzoátegui, y otra al ciudadano Registrador Principal del Estado Anzoátegui. Certifíquense por Secretaria dichas copias de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del código Civil.- Se ordena el cierre del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial.-
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº. 02

DRA. ANA JACINTA DURAN.

LA SECRETARIA ACC.

ABOG. ORELYS FIGUEROA.

En la misma fecha del auto anterior, se cumplió todo lo ordenado en él.-


LA SECRETARIA ACC.

ABOG. LORELYS FIGUEROA.





AJD/ CA